Villaverde Company S.A.C. presentó un extenso escrito ante el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Cañete solicitando que se declare la imposibilidad material, técnica y jurídica de ejecutar la Sentencia N.° 655/2025 del Tribunal Constitucional (TC), que ordena la remoción de tres portones instalados en el predio que la empresa asegura ser de propiedad privada.
La compañía, representada por su gerente general Marco Antonio Zamir Villaverde, argumenta que la orden del TC contiene errores de ubicación, carece de sustento legal y afecta derechos fundamentales de terceros que no fueron parte del proceso de hábeas corpus, entre ellos más de 90 familias que residen dentro del terreno.
¿Por qué Villaverde Company afirma que la sentencia es “materialmente imposible” de ejecutar?
La empresa sostiene que los portones se encuentran entre los kilómetros 124.7 y 125.1 de la Panamericana Sur, mientras que la sentencia ordena ejecutarse en el kilómetro 126. Según la compañía, esta diferencia impediría realizar cualquier diligencia sin exceder los límites del mandato judicial.
Además, asegura que no existe una vía pública denominada Avenida Soriano dentro del predio, tal como refiere la sentencia del TC. De acuerdo con los documentos municipales y registrales citados por la empresa, el terreno no cuenta con habilitación urbana ni con procedimientos de expropiación que justifiquen una intervención municipal.
Villaverde Company advierte también que remover los portones dejaría expuestas a las familias residentes a riesgos de seguridad, debido a antecedentes de amenazas y presencia de traficantes de terrenos en la zona.
¿Qué responsabilidades advierte la empresa si se insiste en ejecutar el fallo?
En su escrito, la empresa afirma que la jueza carece de título habilitante para ordenar el ingreso al predio y que, de ejecutarse la diligencia, podría configurarse responsabilidad penal para los funcionarios involucrados por presuntos delitos como abuso de autoridad, violación de domicilio, daños agravados, usurpación agravada y prevaricato.
La compañía también cuestiona el acta remitida por la Municipalidad de Cerro Azul, señalando que en la diligencia previa sí estuvieron presentes efectivos policiales y que el verdadero motivo por el que no se ejecutó la orden fue la supuesta imprecisión de la ubicación mencionada en la sentencia.
Según el escrito, el juzgado debe comunicar al Tribunal Constitucional que el cumplimiento sería imposible sin vulnerar derechos de propiedad, la libertad de empresa y la seguridad de los residentes.
La empresa Villaverde Company solicita que se suspenda la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional y que se informe al máximo intérprete de la Constitución sobre la presunta imposibilidad de cumplir con el fallo.
El juzgado deberá evaluar si los argumentos presentados relacionados con la ubicación, la inexistencia de vía pública y la afectación a terceros configuran una situación de inejecutabilidad conforme al Código Procesal Constitucional.









