El Gobierno del presidente José Jerí oficializó la ampliación del estado de emergencia en Lima Metropolitana y el Callao por un periodo adicional de 30 días calendario, a partir del 21 de noviembre de 2025, con el objetivo de enfrentar la criminalidad y otros hechos de violencia. La disposición fue publicada mediante el Decreto Supremo N.º 132-2025-PCM.
¿Qué establece la nueva prórroga del estado de emergencia?
De acuerdo con la norma, la Policía Nacional del Perú (PNP) mantendrá el control del orden interno, con apoyo operativo de las Fuerzas Armadas, tal como ocurrió en la primera etapa de la medida. Las zonas de intervención serán definidas con base en inteligencia, mapas del delito y otros instrumentos técnicos.
Jerí ya había anticipado esta decisión en un evento realizado en el Callao, donde señaló que el Estado no retrocedería en su respuesta ante organizaciones delictivas. El estado de emergencia vigente comenzó el 22 de octubre, cuando el jefe de Estado lo anunció en un mensaje a la Nación.
Tal como se adelantó en días previos, la prórroga no contempla toque de queda, una posibilidad descartada por el ministro del Interior, Vicente Tiburcio. Según precisó, el tema no ha sido evaluado por el Ejecutivo.
La norma también indica que el financiamiento de las acciones durante este periodo será asumido con cargo al presupuesto institucional de los sectores involucrados, así como con eventuales recursos adicionales autorizados por el Ministerio de Economía y Finanzas.
¿Qué derechos se restringen bajo esta medida?
Con la prórroga del estado de emergencia se mantiene vigente lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución, que permite restringir derechos como la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito, libertad de reunión y seguridad personales.
Asimismo, para realizar actividades masivas religiosas, culturales o deportivas, será necesario solicitar permiso previo a las autoridades competentes, conforme al Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones. Las actividades que no sean consideradas masivas podrán llevarse a cabo sin autorización.
La PNP y las Fuerzas Armadas continuarán interviniendo bajo los alcances del Decreto Legislativo N.º 1186 y otras normas complementarias. Dentro de los cinco días hábiles de concluido el estado de emergencia, el Comando de Coordinación Operativa Unificada (CCO) deberá presentar un informe al Ministerio del Interior con los resultados del periodo, documento que también será enviado al Ejecutivo, al Congreso y al Poder Judicial.
Desde el inicio de la medida en octubre, el Gobierno ha participado en patrullajes, reuniones con autoridades locales y diversos operativos, incluidos intervenciones en centros penitenciarios donde se detectó actividad delictiva proveniente de internos.
La extensión del estado de emergencia en Lima y Callao busca asegurar la continuidad de las acciones de control territorial y reforzar la respuesta del Estado frente a la criminalidad.









