Delia Espinoza Valenzuela deberá ser repuesta en su cargo de fiscal de la Nación, según un fallo contundente del Poder Judicial (PJ), que ha dado un plazo máximo de dos días hábiles para que la Junta Nacional de Justicia (JNJ) dé cumplimiento correspondiente.
Sobre resolución del Poder Judicial
El pasado 13 de octubre, un juez del Noveno Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la medida cautelar innovativa presentada a favor de Espinoza, ordenando que continúe ejerciendo el cargo mientras se dilucida un procedimiento disciplinario impulsado por la JNJ.
Sin embargo, la JNJ, por medio de una resolución administrativa, mantuvo parcialmente la suspensión basándose en que en su contra se habían iniciado cuatro cargos distintos, argumentando que la cautelar sólo abarcaba uno de ellos.
Frente a esta situación, el juez constitucional Juan Fidel Torres Tasso dictó que la JNJ debe reponer a Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación dentro del segundo día de notificada con la resolución emitida; ello para los efectos de continuar ejerciendo sus funciones.
Suspensión de sanción disciplinaria
Además, la resolución ordena la suspensión provisional de los efectos de la sanción disciplinaria dictada por la JNJ en su contra mientras dura este proceso.
"Se ordena a la entidad emplazada Junta Nacional de Justicia, cumpla con reponer a doña Delia Milagros Espinoza Valenzuela, en el cargo de fiscal de la Nación, dentro del segundo día de notificada con la presente resolución", se lee en la documentación.
De tal modo, el Poder Judicial subraya que la JNJ no ha dado “cabal cumplimiento al mandato judicial”, y señala que la conducta de la entidad autónoma al tratar de limitar el alcance de la medida cautelar viola la normativa constitucional.
En su argumentación, el fallo plantea que todos los cargos disciplinarios abiertos por la JNJ estarían vinculados “directamente con la supuesta inejecución de la Resolución N° 231-2025-JNJ”, lo que implica que debían quedar suspendidos mientras se resuelve la acción de amparo presentada por Espinoza.









